BLOG DE MECANICA, INSPECION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) Y SEGURIDAD VIAL

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jueves, 5 de enero de 2012

AREAS DE PRIORIDAD RESIDENCIAL (APR) EN MADRID. PEAJE POR CIRCULAR POR LAS CALLES DEL CENTRO DE MADRID.PARTE 1

Hace apenas una semana recibí en mi domicilio una notificación del ayuntamiento de Madrid para retirar una carta en la oficina de correos de mi localidad. La verdad es que no voy mucho a Madrid con mi coche (y menos que iré ahora) pero creía que la multa seria por sobrepasar el límite de velocidad involuntariamente, me refiero a un radar móvil o camuflado, y por algún despiste me pillaran, ya que suelo respetar las velocidades marcadas y siempre aparco el vehículo decentemente.
Mi sorpresa fue cuindo retire la carta en correos ver que la infracción que cometí fue: circular por zona de acceso restringido a residentes; y muchos os preguntareis ¿Qué es esto?, Pues a continuación lo explico.
Circular por zona de acceso restringida a residentes significa circular por algunas calles de Madrid donde solo pueden circular los residentes de la zona; y diréis algunos que claro, si te metes en una zona delimitada por bolardos, barreras automáticas, etc., es normal que te multen, pero no, en estas calles lo único que las hace distintas al resto  es que a la entrada existe una señal, que por cierto, ha sido creada por el propio ayuntamiento de Madrid para tal efecto, ya que las señales verticales de tráfico en España se basan en una directiva de la Unión Europea para que sean iguales en todos los países de la Unión (Convención de Viena), y en este caso la señal  han puesto no es reglamentaria. La señal de circulación prohibida es la R-100 que viene descrita claramente: una señal CIRCULAR con borde rojo, que puede ir complementada con un cartel rectangular debajo R-800, que en este caso diría "solo residentes". Pero la señal que han puesto es RECTANGULAR. Las señales de circulación están normalizadas a nivel europeo y el ayuntamiento no tiene potestad para inventarse señales nuevas. A parte de lo dicho anteriormente, no quiero a entrar si estas señales por ser del tipo que son deben de estar en ambos lados de la calzada, si deben estar perfectamente visibles, etc., que al parecer, tampoco lo cumplen, pero como dice el código de circulación: Toda señal debe ser de tal manera que capte oportunamente la atención con distintas capacidades visuales, cognitivas y psicomotrices, otorgando a estos la facilidad y el tiempo suficiente para distinguirla de su entorno, leerla, entenderla y seleccionar la acción o maniobra apropiada y realizarla con seguridad y eficacia. Un conductor que viaja a la velocidad máxima que permite la via, debe tener siempre el tiempo suficiente para realizar todas estas acciones. Viendo la foto, vosotros diréis si todo esto es posible teniendo en cuenta donde se encuentra la señal.

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