BLOG DE MECANICA, INSPECION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) Y SEGURIDAD VIAL

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lunes, 4 de julio de 2011

TABLA DE SANCIONES Y MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD DGT JULIO 2011

Aplicable desde el 1 de Julio 2011, vuelven los 120km/h.-
Desde el día 1 de Julio de 2011, se han reestablecido los limites de velocidad y sanciones y multas anteriores a la bajada a 110km/h.
La velocidad máxima legal para circular en autovías y autopistas es de 120km/h.

*NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto a la DGT en el margen de error de los radares.

- DGT / Guardia Civil de Tráfico: 10% sobre la velocidad permitida. (sanción en autovía/autopista, a partir de 132 km/h)
- País Vasco / Ertzaintza: 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h. (sanción en autovía/autopista, a partir de 126 km/h)
- Cataluña / Mossos:: 4 km/h hasta 100 y un 4% a partir de 100 km/h. (sanción en autovía/autopista, a partir de 125 km/h)

- La velocidad marcada por los velocímetros de los automóviles suele ser entre un 3% y un 10% superior a la velocidad real, por ejemplo: si el coche marca 130km/h en el velocímetro, la velocidad real será aproximadamente de unos 120km/h a 126km/h (variación según marca y modelo).

- Al pagar las multas de tráfico en los primeros 20 días naturales, se aplica un descuento por pronto-pago del 50%. Por ejemplo, una multa por circular a 75km/h en un tramo de ciudad (50km/h), quedaría reducida de 300€ a 150€ de sanción económica.

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